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8 pasos para bonificar tu formación con Fundae - Parte 2

 
 
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8 pasos para bonificar tu formación con Fundae - Parte 2
de Ciberaula Equipo Webmaster - jueves, 16 de septiembre de 2021, 18:06
 

8 pasos para bonificar tu formación con Fundae - Parte 2

5.Realizar el curso

  • La duración del curso mínimo ha de ser de 2 horas.
  • El curso no puede durar más de 8 horas al día, a no ser que sea la formación en solo un día.
  • Máximo 30 participantes en la modalidad presencial y 80 en la modalidad de teleformación.
  • Debe cumplirse el Modelo de control de Asistencia.
  • Deberás responder el Cuestionario de evaluación del curso.
  • Recibirás un certificado de asistencia o diploma en un plazo máximo de dos meses.

6.Comunicar la finalización del curso

Una vez terminada la formación, a través de la aplicación, debes indicar la fecha que finalizaste el curso.

Para realizar esta acción la aplicación te pedirá:

  • Los datos de los participantes que han acabado el curso.
  • El coste del curso.
  • La cantidad y el mes en que quieres bonificar este curso.

Una vez rellenado toda esta información la aplicación te dirá cual es el valor que puedes bonificar.

7.Bonificar la formación

Una vez realizado el paso 6, es decir que la finalización del curso ya está comunicado, puedes aplicar la bonificación en el recibo de la Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso.

Debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente del pago a la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
  • Haber informado a la RLT
  • Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado el fin del curso.
Guía para la aplicación de las bonificaciones por formación.

8.Consultar el resultado
  • Que no hayas superado el crédito máximo disponible para tu empresa.
  • Que hayas cumplido con todos los requisitos.
  • Vida laboral de los participantes.

Si los resultados no fueran conforme, recibirás una notificación electrónica, donde te informarán el motivo por el cual no has pasado su aprobación, y dispondrás de diez días para realizar las alegaciones oportunas